Creación de LLC

Mitos de las LLC

He notado que los potenciales clientes siempre llegan a una primera reunión con algunas afirmaciones que han escuchado sobre las LLCs. Algunas correctas, otras parcialmente acertadas, otras inexactas. También, en distintas redes o foros suelo leer a muchos usuarios recomendando o dando consejos a usuarios que preguntan sobre las LLCs. Suelo encontrar y reconocer distintos mitos o afirmaciones este tipo de instrumento legal y empresarial, la LLC. Resumiré algunos.  

  • Abrir una LLC es casi gratis y no involucra costos ni requiere servicios de apoyo. El mercado de creación de empresas LLCs es prácticamente un mercado persa, donde distintos oferentes pintan un escenario de simpleza y beneficios maravillosos. Nos muestran solo el costo de inscripción y servicio de registered agent. Casi nunca están siquiera mencionados los taxes. Las multas de IRS son altas (de USD 5.000 a 200.000) y si hay una verdad indiscutible es que con IRS no se jode. Cuando creamos una LLC no hay que olvidar que estamos tomando la decisión de crear una empresa en el exterior. Si te dijera que pienses mil veces antes de crear una empresa en tu país, mil veces más te diría que pienses antes de hacerlo en un país donde no vives. Los cambios de regulaciones en ambos países son habituales y los eventos o situaciones inesperadas son algo cotidiano en la gestión de una empresa que opera en dos países.
  • Las LLCs nunca tributan en EE.UU: Para las actividades económicas de comercio o servicios no existe nada similar a una exención o waiver del income tax o los impuestos a la renta o al patrimonio. Solamente la LLC single member non-resident, por la combinación de dos factures: 1) en las LLCs single member las obtenidas pasan directamente al dueño (pass-through) y 2) el dueño no es residente fiscal de EE.UU., por lo tanto, tributa por las ganancias de la empresa en su país de residencia. Distintas configuraciones asociativas o corporativas van a estar alcanzadas por el income tax y deberán pagar a IRS por sus rentas.
  • El dueño debe tener visa para viajar a EE.UU., pasaporte de ciertos países en particular o alguna condición migratoria especial para poder abrir una LLC: Cualquier persona puede abrir una LLC de forma remota, a través de un registered agent, sin presentar ninguna identificación en particular. Se recomienda el pasaporte para transcribir bien los datos (segundos nombre, segundos apellidos). Pero no es necesario presentar ningún documento. Por supuesto que una persona con problemas de visado o sin documentación para viajar puede afrontar inconvenientes para gestionar su negocio, pero ningún estado lo pone como requisito para inscribir una empresa.
  • El retiro de utilidades o dividendos por parte del dueño no debe ser muy frecuente. Las empresas LLCs son disregarded entities, esto quiere decir que el patrimonio de la empresa no está del todo separado del patrimonio del dueño. Por ello, es habitual que el dueño haga retiros cotidianamente o utilice la tarjeta o la cuenta bancaria corporativa para gastos personales.
  • No hace falta declarar la empresa en Argentina. Más allá de que, sin dudas, configura evasión fiscal, no declarar una empresa LLC en Argentina hace imposible girar o utilizar los fondos de la empresa en tu país de origen. La LLC sería una entidad que acumula dinero sin que el dueño pueda utilizar de forma legítima en su país.

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