Blanqueo - LEY 27.743

Régimen de regularización de activos

¡Comencemos a trabajar juntos!

Te acompañamos en el camino a la adhesión al blanqueo

1. QUÉ SE PUEDE INCLUIR
Se pueden regularizar bienes situados en el país y en el exterior. Desde dinero en efectivo, cuentas en el exterior, inversiones en brokers, tenencia de cryptomonedas, acciones y participaciones en empresas, hasta inmuebles, vehículos y cualquier bien que se tuviera en su poder al 31/12/2023.- Para blanquear efectivo o para traer dinero del exterior, deberás abrir una cuenta especial “CERA” en un banco.

2. HASTA CUANDO HAY TIEMPO
El blanqueo posee 3 etapas. La primera de ellas vence el 30/09/2024 y es la única en la que se puede regularizar dinero en efectivo. Luego, el blanqueo estará disponible hasta el 31/03/2025 para incluir otros bienes.

3. QUÉ COSTO TIENE
El blanqueo no tiene costo cuando se incluyen bienes por un valor inferior a USD 100.000; tanto para el efectivo como para otros bienes.- Si se excede ese valor se pagará una alícuota del 5% en la primera etapa. Hay condiciones que permiten evitar el impuesto que se paga si se supera la franquicia de USD 100.000

4. QUÉ DEBO INFORMAR
Quien se adhiera al blanqueo debe presentar una declaración jurada donde detalle y adjunte documentación sobre cada uno de los bienes incluidos.

Información oficial: https://www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal/blanqueo/

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